Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra la Municipalidad de San Fernando por la denegación parcial de información sobre los prestadores de servicios a honorarios incorporados desde el año 2023. El órgano no logró justificar que su respuesta satisficiera íntegramente lo requerido, y no invocó causales de secreto o reserva que justificaran la negativa. En consecuencia, se ordenó la entrega completa de la información, previa tarja de datos personales y sensibles de contexto conforme a la Ley de Protección de la Vida Privada, en aplicación del principio de divisibilidad. La resolución fijó un plazo de cumplimiento contado desde que quede ejecutoriada, bajo apercibimiento de multa de 20% a 50% de la remuneración correspondiente, conforme al artículo 46 de la Ley de Transparencia, y procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.