Resumen del criterio jurisprudencial
El Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana resolvió tener por no presentado el reclamo interpuesto por Aguas Andinas S.A. contra el Servicio de Impuestos Internos. La reclamante no cumplió con la orden de acompañar documentos fundantes del reclamo, como el Detalle Catastral, Certificado de Avalúo Fiscal, planos o certificados municipales, que permitieran al tribunal conocer los fundamentos. Tampoco acompañó la comunicación del proceso de reavalúo de la segunda serie de bienes raíces no agrícolas no habitacionales ni la notificación legal del nuevo avalúo, necesarios para verificar si el reclamo se interpuso dentro del plazo del artículo 149 del Código Tributario. En consecuencia, se hizo efectivo el apercibimiento decretado y se tuvo por no presentado el reclamo.