Resumen del criterio jurisprudencial
Aguas Andinas S.A. presentó un reclamo tributario contra el Servicio de Impuestos Internos en relación con el reavalúo de la segunda serie de bienes raíces no agrícolas no habitacionales. El tribunal ordenó a la reclamante acompañar documentos fundantes como el Detalle Catastral, Certificado de Avalúo Fiscal, planos y certificados municipales, así como la comunicación del proceso de reavalúo o la notificación del nuevo avalúo. La reclamante no cumplió con lo ordenado dentro del plazo, ya que los documentos presentados no fueron considerados como fundantes. Además, no acompañó la comunicación del reavalúo ni la notificación del nuevo avalúo, lo que impedía verificar si el reclamo fue interpuesto dentro del plazo del artículo 149 del Código Tributario. En consecuencia, el tribunal hizo efectivo el apercibimiento y tuvo por no presentado el reclamo. La resolución fue dictada por el Juez Subrogante Cristhián Navarrete Cottet y autorizada por la Secretaria Subrogante Carolina Arenas Concha.