Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Seremi de Bienes Nacionales de la Región de Antofagasta, que se había negado a entregar copias de las notificaciones emitidas por el organismo en un período determinado, relacionadas con solicitudes para ocupar diversos inmuebles fiscales de la región. El Consejo concluyó que se trata de información pública, conforme al artículo 8° de la Constitución y a los artículos 5° y 10 de la Ley de Transparencia, y desestimó la concurrencia de las causales de reserva del artículo 21 N° 1, letras b) y c), y N° 2, invocadas por el organismo. Se ordenó la entrega previa eliminación de datos personales de contexto, bajo apercibimiento de la sanción del artículo 46 de la ley. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, pero la Administración no puede reclamar cuando la denegación se fundó en el artículo 21 N° 1.