Resumen
La Comisión Asesora Presidencial para la Protección de los Derechos de las Personas solicitó a la Contraloría General de la República revisar la situación previsional de una ex imponente del antiguo Servicio de Seguro Social, quien alegaba que el Instituto de Previsión Social le había negado el otorgamiento de una pensión. El Instituto informó que remitió el expediente jubilatorio a la Superintendencia de Pensiones para autorizar el pago de pensiones acumuladas. La Contraloría resolvió que, conforme al artículo 48 de la ley N° 20.255, en relación con el artículo 6° de la ley N° 17.671 y su jurisprudencia previa, el conocimiento y estudio del otorgamiento de pensiones a trabajadores del sector privado, imponentes del Servicio de Seguro Social, corresponde a la Superintendencia de Pensiones, salvo concurrencia del Fisco, circunstancia que no se daba en este caso.