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Depósito a plazo tomado a nombre de una sociedad, y cancelado a nombre de la misma, no…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2014

Resumen

Depósito a plazo tomado a nombre de una sociedad, y cancelado a nombre de la misma, no permite acreditar el origen de los fondos con que el reclamante ha efectuado una inversión a título personal, si dicho reclamante no señala ni acredita que los fondos obtenidos por la sociedad le fueron transferidos a él.

Normas citadas

  • Código Tributario
  • Resolución Exenta N° 9272
  • Ley sobre Impuesto a la Renta
  • Ley N° 19.880
  • Código Civil
  • Código de Procedimiento Civil
  • Artículo 124 del Código Tributario
  • Ley N° 18.575

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