Depósito a plazo tomado a nombre de una sociedad, y cancelado a nombre de la misma, no…
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2014
Resumen
Depósito a plazo tomado a nombre de una sociedad, y cancelado a nombre de la misma, no permite acreditar el origen de los fondos con que el reclamante ha efectuado una inversión a título personal, si dicho reclamante no señala ni acredita que los fondos obtenidos por la sociedad le fueron transferidos a él.
Normas citadas
Código Tributario
Resolución Exenta N° 9272
Ley sobre Impuesto a la Renta
Ley N° 19.880
Código Civil
Código de Procedimiento Civil
Artículo 124 del Código Tributario
Ley N° 18.575
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