Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de San Carlos por la negativa a entregar información relativa a un concurso público. El Consejo consideró que se trataba de información de naturaleza pública, que no constaba su remisión y que el órgano no alegó circunstancia de hecho ni causal de reserva que justificara su denegación. Si la información, o parte de ella, no obrara en poder del órgano, éste debe comunicarlo al reclamante y al Consejo, con las razones detalladas. Se ordenó la entrega de la información dentro del plazo fijado desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia, y se previó la vía del reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.