Resumen del criterio jurisprudencial
El Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, mediante sentencia de 17 de marzo de 2026, declaró nula la terminación del contrato del trabajador por infringir el artículo 162 del Código del Trabajo y ordenó el pago de remuneraciones y feriado proporcional. La parte demandada interpuso recurso de nulidad basándose en los artículos 477 y 478 del mismo cuerpo legal, alegando que la deuda previsional era ínfima y había sido regularizada antes de la interposición de la demanda. El tribunal constató que la deuda de cotizaciones previsionales ascendía a $66.930, monto inferior al límite legal y pagado el 11 de septiembre de 2025, antes de la demanda del 31 de octubre de 2025. En virtud de la excepción prevista en el artículo 162 inciso sexto, el tribunal consideró que no concurrían los requisitos para aplicar la sanción de nulidad del despido. Asimismo, rechazó la alegación de vulneración de la sana crítica, al no existir omisión relevante en la valoración de la prueba. Finalmente, se rechazó el recurso de nulidad sin costas, manteniéndose la sentencia original.