1) El plazo de duración de cinco años de los contratos de trabajo de los directores de…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2005
Resumen
1) El plazo de duración de cinco años de los contratos de trabajo de los directores de los establecimientos educacionales dependientes de una Corporación Municipal, que se incorporaron a la dotación docente de la misma en calidad de titulares para desarrollar una función docente propiamente tal o técnico-pedagógica, afecta a un contrato de carácter indefinido, se cuenta desde la fecha del cambio de función. 2) Para los efectos del llamado a concurso previsto y regulado en el artículo 37 transitorio del Estatuto Docente procede considerar los años servidos en calidad de director de un establecimiento educacional para la entidad empleadora municipal que debe llamar a concurso.
Normas citadas
Ley N° 19.410
Ley N° 19.985
Ley N° 19.070
Código del Trabajo
Artículo 5º del Código del Trabajo
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.