Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la SEREMI de Salud de la Región de Aysén, que había negado el acceso a una denuncia sobre una supuesta vacunación irregular de personal de un jardín infantil y sala cuna, a la que se hacía referencia en una nota de prensa. El Consejo concluyó que la información es de carácter público y que no se justificó ni acreditó la concurrencia de la causal de reserva por afectación de derechos de terceros. Por ello ordenó entregar la copia de la denuncia, previa tarja de los datos personales de contexto, como RUT, domicilio, teléfono y correo electrónico, en aplicación del principio de divisibilidad y de la Ley sobre Protección de la Vida Privada. El órgano debe acreditar el cumplimiento dentro de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada. Contra la resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.