La Corte Suprema rechaza el recurso de protección deducido contra el Decreto Alcaldicio…
Sentencia · Corte Suprema · 2026
Resumen
La Corte Suprema rechaza el recurso de protección deducido contra el Decreto Alcaldicio N° 846 que declaró la caducidad del nombramiento de un director de establecimiento de atención primaria de salud municipal. El recurrente se desempeñaba en el cargo desde el 1 de enero de 2020, siendo su nombramiento declarado caduco el 3 de octubre de 2025. La Corte confirma que conforme a la Ley N° 19.378, el cargo de director tiene una duración de tres años, operando la caducidad automáticamente al vencimiento del período. Se revoca la sentencia apelada de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas que había acogido el recurso. La sentencia enfatiza que la ley es clara en establecer que debe llamarse a concurso público de antecedentes para la renovación del cargo.
Normas citadas
Ley N° 19.378 - Estatuto de Atención Primaria de Salud Mental, artículo 33
Artículo 20 de la Constitución Política de la República
Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia
Decreto Alcaldicio N° 846 (Sección A) de 3 de octubre de 2025
Oficio N° E83995/2025 de la Contraloría Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena
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