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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Junta Nacional d…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), ordenando la entrega de información relacionada con el rechazo de determinadas facturas. El Consejo estimó que se trata de información pública conforme al artículo 8° inciso segundo de la Constitución y a los artículos 5° inciso segundo y 10 de la Ley de Transparencia, y que no se logró acreditar la causal de reserva del artículo 21 N° 1 letra a) de dicha ley. La decisión dispone que el órgano debe acreditar la entrega efectiva de la información, bajo apercibimiento de la sanción del artículo 46 de la Ley de Transparencia por no entregarla oportunamente una vez firme la resolución. Contra lo resuelto procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, sin que los órganos de la Administración puedan interponerlo cuando la denegación se funda en el artículo 21 N° 1.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Oficio Ordinario N° 015
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 18.575
  • Resolucion exenta 015
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

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