Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un recurso relativo a un abono por años de servicios de un funcionario de Carabineros de Chile, derivado de un sumario administrativo iniciado tras un accidente ocurrido en 2004. El organismo concluyó que, aunque la comunicación de inicio del sumario pudiera contener algún vicio, la invalidación ya no era posible porque había transcurrido el plazo de dos años que el artículo 53 de la ley N° 19.880 fija para dejar sin efecto actos contrarios a derecho. Respecto del abono, el dictamen indicó que el artículo 46 del Estatuto del Personal de Carabineros permite considerarlo para el pago de trienios, pero que su otorgamiento corresponde al Presidente de la República a petición del interesado, trámite que no constaba realizado. Por ello, el funcionario no puede percibir el total de trienios en la forma pretendida, aunque el beneficio tampoco se computa para determinar el sueldo superior.