Resumen
La Contraloría General de la República rechazó un reclamo de ilegalidad interpuesto contra la medida de suspensión del empleo por treinta días, con goce del setenta por ciento de las remuneraciones, impuesta por la Municipalidad de La Reina al término de un sumario administrativo. El organismo sostuvo que la ponderación de los hechos y la determinación de la gravedad y del grado de responsabilidad son facultades privativas de la Administración activa, por lo que sólo puede objetar la decisión si existe vulneración del debido proceso, de la normativa aplicable o arbitrariedad, lo que no se advirtió. Respecto de la alegada falta de consideración de atenuantes y de proporcionalidad, recordó que el artículo 63, letras c) y d), de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades radica en el alcalde la potestad disciplinaria y la amplia facultad de ponderar las circunstancias, y que, además, el fiscal y la autoridad comunal sí consideraron atenuantes al rebajar la sanción original mediante el decreto de reposición.