Resumen
La Contraloría General de la República rechazó un reclamo de ilegalidad presentado por una funcionaria municipal contra el acto administrativo que le impuso la medida disciplinaria de suspensión del empleo por tres meses, con goce del 50% de sus remuneraciones. La recurrente alegaba la desproporción del castigo, la no consideración de atenuantes, fallas del reloj control y falta de fundamentación del decreto que resolvió su recurso de reposición. El organismo contralor indicó que, conforme a la ley N° 18.695, corresponde al alcalde, como titular de la potestad disciplinaria, ponderar las circunstancias para determinar la sanción, por lo que no procede pronunciarse sobre esa decisión. Desestimó la alegación sobre el reloj control, pues la funcionaria reconoció que no registraba su salida sin haber advertido un desperfecto. Respecto de la falta de fundamentación, estimó que las circunstancias sí emanan del expediente sumarial, que la inculpada conoció y pudo controvertir, por lo que no hubo indefensión ni vicio que afecte su validez.