Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la designación en calidad de contrata de una profesional en el Servicio Agrícola y Ganadero. La ley N° 19.352 exige, para el grado 13 del estamento profesional, título de 10 semestres o más, o título de 8 semestres con cinco años de antigüedad en el servicio. La recurrente tenía un título de 9 semestres, por lo que no cumplía el requisito y la decisión de no designarla se ajustó a derecho. No obstante, al haber trabajado entre mayo y junio de 2016, pasó a ser funcionaria de hecho y tiene derecho a percibir las remuneraciones íntegras del periodo efectivamente laborado, por aplicación del principio de enriquecimiento sin causa.