Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Requínoa, ordenando la entrega de copia de la sentencia, transacción judicial o su equivalente, en aquellas causas judiciales informadas por el municipio, y que se encuentran terminadas, debiendo el órgano tarjar, previamente, todos los datos personales de contexto que pudieran estar incorporados en la documentación que se entregue, como por ejemplo, el número de cédula de identidad, domicilio particular, estado civil, teléfono, casillas de correo electrónico particular, entre otros. En el evento que alguna parte de la información solicitada no exista o no obre en poder del órgano, deberá acreditar dicha circunstancia de manera expresa y detallada, en la etapa de cumplimiento. Lo anterior, por tratarse de información pública que debe obrar en poder del órgano requerido conforme a sus funciones y obligaciones legales, por haberse otorgado respuesta incompleta a la solicitud, por tratarse de antecedentes a los cuales no es posible acceder en su totalidad, y por no haber alegado causales de reserva que ponderar.