Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un exfuncionario de la Armada que pretendía percibir el sobresueldo de especialidad por poseer títulos de especialidad en litoral y de técnico de nivel superior en administración marítima, mención señalero. La institución informó que dichas especializaciones no estaban dentro de las que habilitan para acceder al beneficio. El organismo recordó que el artículo 186 del DFL N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional (Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas), reconoce el sobresueldo por especialidad o título, remitiendo los requisitos al reglamento, y que el artículo 102 del decreto N° 87, de 1970, Reglamento de Sobresueldos de la Armada, enumera las especialidades que lo permiten, sin incluir las invocadas. Concluyó que el interesado no tenía derecho a percibir el estipendio reclamado por no cumplir las exigencias necesarias, y ordenó transcribir el dictamen a la Armada.