Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo deducido contra la Subsecretaría de Salud Pública. Respecto de la información de naturaleza pública, el organismo no alegó causales de secreto o reserva ni circunstancias de hecho que permitieran ponderarlas, por lo que se ordenó su entrega en la forma decretada, con plazo de cumplimiento y obligación de acreditar la entrega ante el Consejo. Se rechazó, en cambio, la parte del amparo referida a copia de denuncias y respuestas, por cuanto su divulgación afectaría la privacidad, honra y dignidad de las personas denunciante y denunciada, quienes no consintieron en la entrega, y podría inhibir la presentación de futuras denuncias y reclamos ante el órgano. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación.