Resumen
La Contraloría General de la República dictaminó sobre la procedencia del beneficio de desahucio regulado por el decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, respecto de funcionarios del Parque Metropolitano de Santiago. El organismo concluyó que los involucrados no tienen derecho a percibirlo, por lo que el cese de los descuentos destinados al respectivo fondo se ajustó a derecho. Se explicó que el beneficio fue derogado por la ley N° 18.834, con derecho a conservarlo sólo para quienes estaban en funciones al 23 de septiembre de 1989. Algunos de los funcionarios se desempeñaron como jornaleros, condición que les impedía cotizar, y otros se afiliaron al sistema del decreto ley N° 3.500, que no contempla desahucio. Sólo en el caso de un funcionario adscrito al régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas se reconoció que debió cotizar. Por ello, la restitución de las cantidades cotizadas indebidamente procede, si ya se hubiere efectuado.