PenalAcoge

La Corte de Apelaciones de San Miguel revocó la resolución del 12° Juzgado de Garantía…

Sentencia · Corte de Apelaciones · 2026

Resumen

La Corte de Apelaciones de San Miguel revocó la resolución del 12° Juzgado de Garantía de Santiago que no había decretado la prisión preventiva de los imputados I.R.R., B.P.C.E.S.G., quienes fueron formalizados por tráfico de estupefacientes. La Corte consideró que se encontraban suficientemente justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, ya que los imputados fueron sorprendidos con sustancias ilícitas. En el caso de E.S., se descartó la calificación de tráfico en pequeñas cantidades debido a la cantidad y variedad de drogas incautadas (130.12 gramos en total), estimando que se trataba de tráfico del artículo 3° de la Ley 20.000. Además, se consideró que la libertad de los imputados constituía un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad de la pena, la pluralidad de partícipes y, en particular, los antecedentes de B.P. (medida cautelar vigente por delito similar) y de I.R. (condena previa por robo con intimidación). En consecuencia, se decretó la prisión preventiva de los tres imputados.

Normas citadas

  • Art. 140 Código Procesal Penal
  • Art. 139 Código Procesal Penal
  • Art. 352 Código Procesal Penal
  • Art. 3° Ley 20.000
prisión preventivatráfico de estupefacientespeligro para la seguridad de la sociedadmedidas cautelaresrecurso de apelación

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.