Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Superintendencia de Educación por una solicitud de copia de la Resolución Exenta N° 2017/PA/13/No2799, de 14 de agosto de 2018, referida a un proceso administrativo que cuenta con resolución en primera instancia. El Consejo ordenó la entrega de la información, previa tarja de datos personales de contexto, especialmente aquellos que permitan identificar a niños, niñas o adolescentes, así como RUT, domicilio, correo electrónico y teléfonos, conforme al principio de divisibilidad, los artículos 33 letra m) de la Ley de Transparencia y los artículos 4°, 9° y 20° de la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada. Se fundamentó en que se trata de información pública en poder del órgano y que la entrega no afecta el privilegio deliberativo de la autoridad. Se otorgó un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para cumplir y acreditar la entrega.