Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si un funcionario de la Superintendencia del Medio Ambiente tenía derecho a la actualización de rentas que dispone el artículo 1° de la ley N° 20.883. El artículo 58 de esa ley excluye de dicho beneficio a quienes tuvieron una remuneración líquida permanente promedio igual o superior a $6.000.000 entre diciembre de 2014 y noviembre de 2015. Para determinar esa remuneración, el organismo concluyó que deben considerarse todos los estipendios permanentes, incluidas las bonificaciones, asignaciones y bonos de desempeño, descontando únicamente impuestos y cotizaciones previsionales obligatorias. La primera actuación de la Superintendencia no lo hizo así y se apartó de la ley. Calculado el promedio con ese criterio, la Contraloría determinó que el funcionario percibía un promedio de $6.095.253, superior al límite, por lo que no tenía derecho al beneficio. En consecuencia, ordenó a la Superintendencia requerir la restitución de las cantidades pagadas en exceso desde diciembre de 2015.