Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado por un particular contra el Servicio Nacional de Migraciones, que no había respondido una solicitud sobre las solicitudes de asilo territorial desagregadas por año, mes, nacionalidad, género y consulado, entre 2015 y 2022. Durante la tramitación el organismo entregó antecedentes respecto del período 2020 a 2022, y el reclamante no se pronunció dentro del plazo, por lo que se tuvo por conforme con esa información. Respecto del período 2015 a 2019, el amparo fue rechazado, ya que el servicio declaró no tener esa información. El Consejo acogió la falta de derivación exigida por el artículo 13 de la Ley de Transparencia, representó dicha infracción al director del servicio y ordenó derivar la solicitud, en lo referido al período 2015 a 2019, al Ministerio del Interior y Seguridad Pública y al Ministerio de Relaciones Exteriores, para que se pronuncien según sus competencias.