Se presenta requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal…
Informe · Tribunal Constitucional · 2024
Resumen
Se presenta requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional en contra del artículo 248, letra c), del Código Procesal Penal. El requirente, actuando como abogado de una fundación deportiva que actúa como querellante, cuestiona la norma que permite al Ministerio Público comunicar la decisión de no perseverar en el procedimiento luego de cerrarse la investigación. Se alega vulneración de los artículos 19 Nº 2 (igualdad ante la ley), 19 Nº 3 (igual protección de la ley) y 83 inciso segundo (derecho a la acción penal de la víctima-querellante) de la Constitución Política. Se solicita además la suspensión de la causa del Juzgado de Garantía de La Serena, cuya audiencia de comunicación de decisión está fijada para el 14 de octubre de 2024.
Normas citadas
Artículo 93 Nº 6 de la Constitución Política de la República
Artículos 79 a 92 del DFL Nº 5 de 2010
Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional
Artículo 248, letra c), del Código Procesal Penal
Artículo 19 Nº 2 de la Constitución Política (igualdad ante la ley)
Artículo 19 Nº 3 inciso primero de la Constitución Política (igual protección de la ley)
Artículo 83 inciso segundo de la Constitución Política (derecho a la acción penal)
Artículo 32 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional
inaplicabilidadinconstitucionalidadCódigo Procesal PenalMinisterio Públicoquerellantederechos fundamentalesigualdad ante la leyacción penal
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.