Administrativo

Funcionarios de la Superintendencia de Pensiones, ubicados desde el grado 11 hacia arri…

Resumen del criterio jurisprudencial

Funcionarios de la Superintendencia de Pensiones, ubicados desde el grado 11 hacia arriba de su escala remuneratoria, pueden acceder a la bonificación a que se refiere el artículo 12 de la ley N° 20.212, por la parte que resulte imponible de la asignación de desempeño funcionario aplicable a dicho organismo, sin que para ello sea necesario que reciban la asignación especial contenida en el artículo 8° de la misma ley.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.