Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de una funcionaria pública que, al acogerse a la exención de cotizaciones previsionales del artículo 69 del decreto ley N° 3.500, de 1980, consulta sobre el efecto en diversas bonificaciones. El dictamen resuelve que, si bien la interesada no podrá percibir la bonificación del artículo 10 de la ley N° 18.675, por ser de naturaleza imponible y compensar integralmente las deducciones previsionales, sí puede recibir la bonificación del artículo 8° de la ley N° 19.553, la que debe pagarse íntegramente. Además, se indica que la asignación compensatoria dejada de percibir no integrará la base de cálculo de la bonificación por retiro de la ley N° 19.882, y que la bonificación adicional de la ley N° 20.948 no se vería afectada por la exención.