Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una consulta remitida por el G.P.C., relativa a una junta de vecinos que, mantenía una rendición de cuentas pendiente y buscaba postular nuevamente al Fondo Social Presidente de la República. El órgano recordó que el dictamen N° 25.262, de 2012, eximió de rendir cuenta de los fondos transferidos a los organismos receptores y ejecutores antes de su vigencia, mientras que los recursos transferidos después quedan sujetos a la resolución N° 30, de 2015, que fija normas de rendición de cuentas. Aplicando el criterio del dictamen N° 368, de 2019, concluyó que, al haberse transferido los recursos a la junta antes del primer dictamen, esta no tiene la obligación de rendirlos, por lo que no existe inconveniente para que postule nuevamente como beneficiaria de los recursos del Fondo.