Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por un ciudadano en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que había solicitado información sobre el estado de su solicitud de visa definitiva. El órgano reclamado entregó la información de manera extemporánea. Al vencer el plazo de cinco días hábiles otorgado a la parte reclamante para pronunciarse sobre los antecedentes, sin que lo hiciera, se le tuvo por conforme con ellos. En consecuencia, el Consejo tuvo por entregada la información de forma extemporánea, representó al órgano la infracción a los artículos 14 y 11 letra h) de la Ley de Transparencia por no responder dentro de plazo, y encomendó la notificación de la decisión. Contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos.