Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo deducido por una solicitante en contra de la Subsecretaría de Salud Pública, que no había entregado oportunamente la información requerida. Durante el procedimiento, el órgano reclamado informó la fuente, el lugar y la forma en que dicha información se encuentra permanentemente disponible para el público. El Consejo verificó que, a través de ese enlace, es posible acceder a la información con el nivel de detalle solicitado, configurándose la hipótesis de cumplimiento del artículo 15 de la Ley de Transparencia. Por haber sido entregada en forma extemporánea, el Consejo acogió el amparo, teniendo por cumplida la obligación de informar con ocasión de la notificación de la decisión. Contra esta resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de 15 días corridos.