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El Consejo para la Transparencia resolvió acoger un amparo deducido en contra de la Sub…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió acoger un amparo deducido en contra de la Subsecretaría de Salud Pública por la negativa a entregar información estadística sobre una enfermedad. La decisión se fundó en que se trata de información de naturaleza pública, que no consta su remisión y que el organismo no alegó ninguna circunstancia de hecho ni causal de reserva que justificara denegarla. En consecuencia, se ordenó a la Subsecretaría entregar la información solicitada, con las variables de ambos sexos, todas las edades y los últimos cinco años, o comunicar fundadamente su falta de disponibilidad, dentro de un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, acreditando su entrega ante el Consejo. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en el plazo de 15 días corridos desde la notificación, con las limitaciones previstas por la Ley de Transparencia.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoSalud

Preguntas frecuentes

¿Un organismo público puede negarse a entregar estadísticas de una enfermedad si no invoca una causal de reserva?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y resolvió que no procedía la negativa, porque se trataba de información pública y el organismo no alegó circunstancias de hecho ni causal de reserva que la justificaran. Ordenó entregar la información o comunicar fundadamente su falta de disponibilidad.

¿Qué plazo tiene la Subsecretaría para cumplir una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, el Consejo ordenó entregar la información solicitada, o comunicar fundadamente su falta de disponibilidad, dentro de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada. Además, debe acreditar su entrega ante el Consejo.

¿Cuál es el plazo para reclamar de ilegalidad contra una decisión del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación, con las limitaciones previstas por la Ley de Transparencia.

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