Resumen
La Contraloría General de la República reconsideró parcialmente el dictamen N° 14.504, de 2012, y determinó que la afiliación de un grupo acotado de imponentes a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional debe considerarse válida y producir sus efectos, incluido el de reliquidar la pensión. Lo decidió con fundamento en el principio de buena fe y en la seguridad jurídica, ya que los afiliados integraron cotizaciones en ese sistema convencidos de que les correspondía, lo que configuró una situación jurídica consolidada. El criterio se aplica de forma excepcional solo a los veintiséis servidores incluidos en la nómina presentada por la entidad recurrente, siempre que cumplan todos los supuestos del oficio. Además, el organismo reconsideró los dictámenes N° 13.632, de 2007, 36.166, de 2011 y 61.813, de 2012, para establecer que el retiro de excedentes de libre disposición constituye una forma anticipada de pensión en el régimen del decreto ley N° 3.500, de 1980. Como se trata de un cambio de criterio, rige solo hacia el futuro y no afecta las situaciones resueltas bajo el criterio anterior.