Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra la Municipalidad de Colbún, que había negado el acceso a documentos relativos a una solicitante. Se ordenó la entrega de cartas, denuncias y reclamaciones ingresadas a nombre de la solicitante desde 2021 hasta la fecha de la solicitud, así como documentos recibidos de organismos externos como la Contraloría, la Corte de Apelaciones y el Sernameg que la mencionen o digan relación con ella. El Consejo consideró que se trata de información de la propia solicitante y desestimó la causal de reserva de distracción indebida invocada por el órgano. Por el principio de divisibilidad, el municipio deberá tarjar previamente los datos personales y sensibles de terceros contenidos en la información, conforme a la Ley N.° 19.628, y se le otorgó un plazo adicional para entregarla. La resolución advierte sanciones por incumplimiento, de multa de 20% a 50% de la remuneración, y contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones.