Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un pensionado de la Fuerza Aérea de Chile que pedía reajustar su pensión incorporando el incremento del 10,6% establecido en la ley N° 19.073. El órgano concluyó que dicho beneficio no es aplicable a las pensiones otorgadas con posterioridad al 30 de abril de 1985, condición en la que se encontraba el recurrente, pues el reajuste tiene carácter excepcional y debe interpretarse de forma estricta. Además, determinó que el plazo de diez años previsto en el artículo 164 del ex Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas para revisar la pensión se encontraba vencido, por lo que no procedía un nuevo examen. En consecuencia, se ratificaron los pronunciamientos anteriores que negaron el beneficio solicitado.