Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció del recurso de apelación interpuesto por Juan Carlos Cardenas Toloza contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia, que resolvió una acción de amparo en contra del Tribunal Oral en lo Penal de Osorno. El recurrente solicitó alegatos orales, pero la Corte los denegó por no justificarse suficientemente. En su fallo, la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada del 2 de septiembre de 2026, dictada en el. Como consecuencia, dejó sin efecto la orden de no innovar previamente decretada. La decisión se basa en el artículo 21 de la Constitución y en el Auto Acordado sobre la forma de conocimiento del recurso de apelación de amparos. El tribunal ordenó comunicar lo resuelto al Juzgado de Garantía de Osorno como tribunal de ejecución.