Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema confirma la sentencia apelada de la Corte de Apelaciones de Talca en un recurso de amparo presentado por Soledad Villarroel Paredes contra el Tribunal Oral en lo Penal de Cauquenes. El tribunal rechaza la solicitud de alegatos por no justificarse su necesidad según el Auto Acordado respectivo. La decisión se basa en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. El Ministro Matus previene que lo denunciado excede el ámbito del artículo 21 de la Carta Fundamental. Se ordena registrar y devolver los antecedentes.