Laboral

El uso del feriado conjunto o acumulado por el personal regido por la ley 19.378, se ej…

Resumen del criterio jurisprudencial

El uso del feriado conjunto o acumulado por el personal regido por la ley 19.378, se ejercerá dentro del año respectivo, en la forma y en la oportunidad que no altere el normal funcionamiento del servicio de salud municipal. Recházase la solicitud de reconsideración del dictamen Nº 5367/310, de 25.10.99.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.