Resumen
La Contraloría General de la República conoció la solicitud de un ex trabajador del A.E.P., exonerado político, que pedía reconocer su derecho a optar entre una pensión no contributiva, por gracia, y el bono de reconocimiento emitido a su favor, sosteniendo que dicho bono podía recuperarse desde la AFP al no estar cedido ni consumido. El organismo recordó un dictamen previo en que concluyó que no procedía esa opción, porque los períodos previsionales del bono estaban comprometidos en una jubilación que el interesado ya percibe. Sin embargo, en virtud de los artículos 47 y 48 de la ley N° 20.255, remitió los antecedentes a la Superintendencia de Pensiones para que verifique si se le otorgó un beneficio jubilatorio en el sistema del D.L. N° 3.500 y si sus bonos se consumieron en él, debiendo informar el estado del bono, del cual depende su derecho a la pensión no contributiva.