Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la fecha desde la cual un profesional funcionario de un servicio de salud puede percibir las asignaciones de experiencia calificada y reforzamiento profesional diurno, reguladas en los artículos 32 y 33 de la ley N° 19.664. El órgano concluyó que dichos beneficios corresponden únicamente desde que la resolución de encasillamiento quedó totalmente tramitada, lo que en el caso fue la fecha de notificación de su toma de razón, conforme al artículo 8° de la ley N° 20.707 y al artículo 51, inciso segundo, de la ley N° 19.880. Por ello, desestimó la petición del interesado de percibir las asignaciones desde una fecha anterior.