Resumen
La Superintendencia de Seguridad Social conoció el recurso de un trabajador del sector privado contra el rechazo, por falta de vínculo laboral, de tres licencias médicas que sumaban 90 días de reposo desde el 29 de julio de 2015. El organismo constató que la primera licencia fue tramitada por el procedimiento alternativo ante la Inspección del Trabajo fuera del plazo de dos días hábiles, sin que se acreditara fuerza mayor que justificara su efecto retroactivo, y que el contrato terminó por vencimiento del plazo, por lo que el trabajador no se encontraba con licencia vigente al cesar la relación laboral. Tampoco se configuró la excepción de licencia continuada para trabajadores cesantes. En consecuencia, se confirmó lo resuelto por la Compin de O'Higgins y se rechazaron las licencias médicas N°s 00, 96 y 70.