Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido en contra de la Municipalidad de Quinta Normal, relativo a información sobre una junta de vecinos. El Consejo consideró que se trataba de información de naturaleza pública y descartó que el órgano hubiera otorgado acceso mediante la modalidad especial de cumplimiento del artículo 15 de la Ley de Transparencia. Se ordenó al municipio entregar la información, y si parte de ella no obra en su poder, comunicarlo a la reclamante y al Consejo, fundamentando las razones en la etapa de cumplimiento. Se dispuso además el apercibimiento del artículo 46 de la ley, con multa de 20% a 50% de la remuneración correspondiente, duplicada y con suspensión en el cargo de cinco días si la jefatura persiste en su actitud, y se indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días corridos desde la notificación.