Resumen del criterio jurisprudencial
Los funcionarios municipales se encuentran incluidos en las expresiones "funcionarios de la administración del Estado" emplea el artículo 218 del Código del Trabajo.
Los funcionarios municipales se encuentran incluidos en las expresiones "funcionarios de la administración del Estado" emplea el artículo 218 del Código del Trabajo.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.