Resumen del criterio jurisprudencial
María Magdalena Sánchez Amoyao interpuso un reclamo contra una Notificación de Infracción emitida por el fiscalizador Esteban Orellana Manríquez del SII, por no haber emitido boletas de venta entre el 9 y el 30 de junio de 2013. El reclamo se presentó el 2 de octubre de 2013, fecha posterior al vencimiento del plazo legal de 15 días que finalizó el 28 de septiembre de 2013. El Tribunal Tributario y Aduanero analizó los artículos 97, 109, 131, 148 y 165 del Código Tributario, que regulan el procedimiento y los plazos para interponer reclamos. Se constató que el reclamo era extemporáneo y, por tanto, inadmisible. En consecuencia, el tribunal declaró inadmisible el reclamo y ordenó notificar a la parte reclamante. La resolución fue firmada por el Juez Titular Miguel Massone Pardo y autorizada por el Secretario Cristhián Navarrete Cottet.