Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechazan los amparos en contra del Servicio de Impuestos Internos, respecto de la información histórica de transacciones de compraventa de bienes raíces contenidas en el Formulario N° 2890, para todo el territorio nacional, desde el 1 de enero de 2025 en adelante, requiriéndose, entre otros datos, un indicador binario que permita identificar si corresponde a una modificación o corrección del ingreso en el formulario y otro indicador relativo a la existencia de pre-rol; y al listado completo de roles de bienes raíces eliminados entre los años 2017 y 2025, incluyendo la causal de eliminación. Lo anterior, por cuanto el SII proporcionó acceso a la información sistematizada, consolidada y procesada que obraba en su poder sobre la materia consultada y respecto de la información faltante, la satisfacción de los requerimientos de especie implicaría ejecutar diversas tareas, tales como la recopilación de los inmuebles a nivel nacional, la revisión individual de registros durante el período requerido, la identificación de modificaciones o correcciones, la vinculación de formularios con cada inmueble, la estructuración y depuración de la información, así como la elaboración de un archivo consolidado, y un estudio específico, cuya elaboración supondría la revisión, análisis y sistematización de antecedentes que no se encuentran estructurados en sus bases de datos, lo que demandaría la intervención de funcionarios con conocimientos técnicos especializados y la utilización de un tiempo considerable de trabajo. Por consiguiente, se configura la causal de reserva de distracción indebida de los funcionarios del órgano reclamado, atendida la cantidad de tiempo y recursos humanos que plausiblemente han de dedicarse a la búsqueda, sistematización y tratamiento de la información pedida, afectándose con ello, el debido funcionamiento del órgano requerido.