Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un trabajador de los Astilleros y Maestranzas de la Armada que, siendo pensionado de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, tenía sus cotizaciones enteradas en una administradora de fondos de pensiones. El órgano aplicó el artículo 10 de la ley N° 18.458, modificado por la ley N° 20.735, conforme al cual los pensionados de dicha Caja que vuelven al servicio en instituciones del sector defensa u otras indicadas en la norma continúan afectos a ese régimen. Consideró que el interesado no había ejercido labores que justificaran afiliarse al sistema de capitalización individual, ni había integrado cotizaciones en el sector privado en el intertanto, por lo que no se explicaba el enteramiento en la administradora. En consecuencia, dictaminó que la Caja debe adoptar las medidas necesarias para obtener el traspaso de las cotizaciones por su nuevo desempeño en dicha empresa estatal. La Caja había declarado no tener competencia para pronunciarse sobre la voluntariedad de la incorporación al sistema de capitalización individual.