Resumen
La Contraloría General de la República desestimó la solicitud de un pensionado de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional para traspasar cotizaciones a dicho régimen. El interesado, tras retirarse de la Armada, cotizó en una administradora de fondos de pensiones del sistema del decreto ley N° 3.500, de 1980, por servicios en el sector privado, antes de reingresar a trabajar en ASMAR. Conforme al artículo 10 de la ley N° 18.458 y al criterio del dictamen N° 4.348, de 2007, quienes optaron por el sistema privado quedan sometidos íntegramente a este y no pueden retornar a la caja, salvo que adquieran las calidades del artículo 1° de dicha ley. Por ello, se rechazó el traspaso y la reliquidación de la pensión.