Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de la región del ñuble y biobío rechaza la reclamación, dado que al no haber sido posible verificar la efectividad material de las operaciones, toda vez, que la reclamante no acompañó antecedentes al proceso, y teniendo en consideración lo resuelto en causa rit gr-10-00106-2019, en sentencia de fecha 07.03.2023, confirmada por la ilustrísima corte de apelaciones de concepción con fecha 17.05.2024, es que este sentenciador no puede más que ratificar lo plasmado en las liquidaciones reclamadas, en cuanto a que corresponde el rechazo de los gastos amparados en las facturas calificadas como falsas, conforme a lo dispuesto en el artículo 21, 33 n.° 1 y 31 de la ley de impuesto a la renta.