Resumen del criterio jurisprudencial
La compañía Minera Ojos del Salado S.A. debe considerar el tiempo de licencia médica por enfermedad común para el cómputo del "bono anual de producción" que consigna el contrato colectivo.
La compañía Minera Ojos del Salado S.A. debe considerar el tiempo de licencia médica por enfermedad común para el cómputo del "bono anual de producción" que consigna el contrato colectivo.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.