Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una funcionaria del Servicio Nacional de la Mujer que pedía dejar sin efecto la restitución de valores del bono de retiro voluntario de la ley N° 20.305, pagados indebidamente, invocando su buena fe. El organismo descartó la alegación: el beneficio no constituye remuneración y se pagó tras el cese de funciones, por lo que la buena fe y la justa causa de error sólo pueden ponderarse al determinar la liberación del deber de restituir, conforme al artículo 67, inciso cuarto, de la ley N° 10.336. Asimismo, precisó que una sentencia judicial sólo produce efectos relativos entre quienes fueron parte del proceso, por lo que no aplica a la interesada un criterio fijado en otro caso. Finalmente, remitió los antecedentes sobre condonación a la Contraloría Regional de Aysén, competente para resolver esa petición.