Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido contra la Municipalidad de María Pinto por la respuesta tardía a una solicitud de acceso a la información relativa al decreto de renuncia de un funcionario. Durante el procedimiento el organismo entregó la respuesta, sin que la reclamante presentara objeciones posteriores. El Consejo acogió el amparo solo en cuanto a la extemporaneidad, por haberse subsanado la controversia de fondo, y representó a la alcaldesa la infracción a los artículos 14 y 11 letra h) de la Ley de Transparencia por no atender la solicitud dentro de los plazos legales, con el fin de evitar que se repitan estas infracciones. La decisión fue adoptada por unanimidad y, contra ella, procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.